En todo caso, el patrón informará a dichos jóvenes y a sus padres o tutores que hayan intervenido en la contratación, conforme a lo dispuesto en la pago b) del artículo 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aceptado por el Existente Decreto legislador 1/1995, https://bookmarkinglog.com/story19552081/detalles-ficci%C3%B3n-y-pol%C3%ADtica-de-seguridad-laboral